Verifactu se retrasa a 2028: qué cambia y qué no para tu negocio
Con tantos cambios de fecha, es normal no saber ya qué creerse. Aquí lo tienes resumido con las fuentes oficiales, para que sepas qué te toca hacer y qué no.
Actualizada el · Jesús Rísquez, Deltio
¿Qué es Verifactu?
Es la norma que fija cómo tienen que ser los programas con los que se hacen las facturas. Cada factura queda registrada de forma que no se pueda borrar ni cambiar a escondidas, y lleva un código QR para comprobarla. En la modalidad VERI*FACTU, además, el programa envía cada factura a la Agencia Tributaria en el momento.
Afecta a quien factura con un programa informático, también con tickets o facturas simplificadas. Quien hace todas sus facturas a mano, en papel, no está obligado a usar uno.
¿Qué ha pasado con las fechas?
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció en una nota informativa que retrasa Verifactu a octubre de 2028. La idea es que coincida con la factura electrónica obligatoria entre empresas para los negocios que facturan menos de 8 millones de euros al año.
Ojo: de momento es un anuncio. Mientras el cambio no se publique en el BOE, las fechas legales siguen siendo las del Real Decreto-ley 15/2025:
- 1 de enero de 2027 para las sociedades
- 1 de julio de 2027 para los autónomos y el resto
Esta guía se actualizará cuando salga la norma.
¿Qué no cambia?
Hacienda ha dicho que los requisitos se mantendrán en lo esencial. Los registros de facturación tendrán que ser íntegros, conservarse, ser accesibles y legibles, poder seguirse y no poder alterarse. Es decir, el retraso da más tiempo, pero el destino es el mismo.
¿Qué puedo hacer ahora, sin prisas?
- Si ya usas un programa de facturación, pregunta a tu proveedor si está adaptado a Verifactu. Muchos ya lo están.
- Si facturas con Word o con Excel, aprovecha el tiempo extra para pasarte con calma a un programa adaptado. Para negocios pequeños, la Agencia Tributaria ofrece una aplicación de facturación gratuita.
- Si vendes en mostrador con tickets (hostelería, comercio...), pregunta a quien te lleva la caja o el TPV cómo lo va a adaptar.
- Habla con tu gestoría. Es quien conoce tu caso y te dirá qué te conviene.
¿Y la factura electrónica?
Además de Verifactu, llega la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales (Ley 18/2022, «Crea y Crece», desarrollada por el Real Decreto 238/2026). Las facturas a otras empresas tendrán que enviarse en un formato electrónico estructurado, no como un PDF.
La orden que la desarrolla entró en vigor el 1 de octubre de 2026. Desde ahí se cuentan los plazos: octubre de 2027 para los negocios que facturan más de 8 millones de euros al año y octubre de 2028 para el resto, también los autónomos. Las facturas a particulares no entran en esta obligación.
¿Te ayudo?
Si quieres que tus facturas y tus gastos lleguen ordenados a la gestoría sin pasarlos a mano, o elegir un programa que encaje con tu forma de trabajar, te ayudo. Sin sustituir a tu gestoría: simplemente le llega todo más ordenado.
Esta guía es información general, no asesoría fiscal. Para tu caso concreto, consulta con tu gestoría.
Fuentes oficiales
- Real Decreto 1007/2023, que aprueba el Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (BOE)
- Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que fija las fechas de 2027 (BOE del 3 de diciembre de 2025)
- Nota informativa del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026, recogida por idealista/news y El Español
- Real Decreto 238/2026, de factura electrónica entre empresarios y profesionales (BOE)
- Agencia Tributaria: Sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU